El 7 de junio ingresó a la Cámara de Representantes un proyecto de ley preparado por legisladores del Frente Amplio que prohíbe la utilización de plásticos de un solo uso cuando puedan ser sustituidos por otro tipo de material compostable o biodegradable.
El proyecto establece que el Ministerio de Ambiente deberá prohibir la producción, importación y comercialización de productos plásticos de un solo uso para los cuales existan sustitutos (compostables o biodegradables) a nivel nacional.
Establece también las siguientes prohibiciones:
- la entrega de bandejas de espuma plast, bandejas de plástico transparente y del material conocido como “film”, para contener y transportar alimentos en supermercados, rotiserías, panaderías, verdulerías y demás comercios que se dedican a su comercialización.
- la entrega de embalajes o envases de un solo uso, para contener frutas y hortalizas en cantidades menores a 1 kg. y para contener alimentos prontos para consumir fraccionados en porciones menores a 500 grs.
- las pegatinas sobre las unidades de frutas y hortalizas, que se utilizan para indicar la marca comercial, a no ser que se hayan fabricado con material compostable o en papel.
Estas prohibiciones no aplicarán a los envases, embalajes, bandejas de espuma o plástico transparente que: (i) hayan sido diseñados para ser reutilizados en varias oportunidades; (ii) sean necesarios para contener frutas y hortalizas cuya venta a granel suponga un riesgo de deterioro del producto; (iii) se utilicen para contener productos crudos de origen animal o fiambres; (iv) otros que el Ministerio de Ambiente, de manera fundada, excluya.
También quedan excluidos del alcance de este proyecto de ley los productos plásticos de un solo uso alcanzados por la Ley de Reciclaje de Envases (N° 17.849 del 29 de noviembre de 2004) y por la Ley de Bolsas Plásticas (N° 19.655 del 17 de agosto de 2018).
Por Cristina Vignone
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