Por medio de la Resolución General N° 1170/2026, vigente desde el 3 de octubre de 2026, la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) modificó las Normas CNV con el objeto de fomentar la utilización de los valores negociables de emisión individual (“VNEI”) en el mercado de capitales. Los VNEI (cheques de pago diferido, pagarés, letras de cambio y facturas de crédito electrónicas MiPyME, entre otros) son valores negociables emitidos en forma individual que pueden negociarse en Mercados autorizados por la CNV.
A continuación se indican los aspectos más relevantes:
- Emisores de VNEI: Se precisa que los Agentes de Liquidación y Compensación Integral Agroindustrial (ALyC I AGRO) que simultáneamente revistan como Agentes de Colocación y Distribución Integral de Fondos Comunes de Inversión (ACDI) se encuentran comprendidos en la excepción a la prohibición de que los Agentes emitan VNEI.
- Registración de VNEI vencidos e impagos: Se faculta a los Agentes de Custodia, Registro y Pago (ACRyP) a prestar, como actividad afín o complementaria, el servicio de registración de transferencias de VNEI previamente negociados en un Mercado autorizado por la CNV, que se encuentren vencidos e impagos y bajo su custodia. Así, los inversores podrán transferirlos mediante tratativas privadas, evitando su cobro judicial o extrajudicial.
- Patrimonio neto mínimo: No resultará exigible a los ACRyP el incremento del 25% del patrimonio neto mínimo por actividad afín respecto de (i) la registración de transferencias de VNEI vencidos e impagos; y (ii) las actividades que desarrollen como Infraestructura del Mercado Financiero habilitada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) o bajo su supervisión.
- Documento habilitante: El ACRyP deberá entregar al depositante, a su solicitud, el documento habilitante para la ejecución del VNEI cuando no hubiera recibido el pago al vencimiento ni una instrucción de canje, notificando de inmediato a los Mercados.
Por Diego Serrano Redonnet y María Gabriela Grigioni
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