Es frecuente circular por la ciudad y ver personas que bajo sus espaldas cargan pesados bultos. A veces se trata de informales, otras veces pueden ser dependientes que cumplen con los encargos de sus patrones. Cualquiera sea el caso, el cuerpo humano no perdona y tarde o temprano la columna vertebral pasa su factura. Precisamente para paliar esa situación, el pasado 18 de diciembre el Parlamento sancionó la denominada Ley de Cargas Manuales (la "Ley").
La Ley establece que ningún bolso o envase puede tener un peso superior a los 25 kilogramos. En función de este umbral, la Ley prohíbe exigir a un dependiente la manipulación manual de bolsas o envases cuyo peso supere el indicado, salvo que se disponga de medios mecánicos para su manipulación .
Entre otros, la Ley exige al empleador proveer a sus empleados de formación e información sobre la manipulación de cargas y los riesgos que ella conlleva. También impone a aquél adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias para evitar riesgos para la salud de los funcionarios.
La infracción a las disposiciones de la Ley se sanciona con medidas cuya graduación será fijada según las pautas que establezca la reglamentación del Poder Ejecutivo; las sanciones podrían llegar incluso a la clausura del establecimiento.
Por Mariana Pisón
Opinión
Kabas & Martorell
opinión
ver todosPASBBA
NORDELTA S.A.
Alfaro Abogados
Berton Moreno IP Law