SALA B, 16/6/2026 “M., M.I. c/Libra Cía. Arg. De Seguros”

Incumplimiento de contrato de seguro automotor. Robo. No pago de daño material, moral, privación de uso y gastos. Ofrecimiento de pago tardío, no aceptado. Información razonable exigible (art. 46, ley, ley 17.418).

 

Valor de reposición y no de la suma asegurada. Intereses. Procedencia y cuantía de los daños reclamados.

 

 

Opinión

Sociedades automatizadas y DAO: algunos interrogantes tributarios del proyecto de la Ley General de Sociedades
Por Constanza Aranda
Arroyo Barbarach Abogados
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detrás del traje
Inés Poffo
De ZBV ABOGADOS
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