Al entender que la restante documentación presentada permitía otorgar ab initio legitimación al actor para accionar por remoción de los directores, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial resolvió que no cupo rechazar in límine la demanda en el entendimiento que el actor no había acreditado su condición de accionista.
En el marco de la causa "Kowalski Walter Antonio c/ Vedelago Alejandro y otro s/ ordinario", el actor apeló la resolución de primera instancia que había desestimado liminarmente la demanda presentada.
El magistrado de grado consideró al pronunciarse en tal sentido que el actor no había acreditado su condición de accionista, y por ende, su legitimación para peticionar.
Al analizar el presente caso, los jueces que conforman la Sala B señalaron en primer lugar que “la acción es un título "de exhibición" que faculta a su tenedor a ejercitar derechos inherentes a la calidad de socio, por lo que prueba natural de la calidad de accionista surge de la posesión del título y, de no contarse con dicho instrumento, puede ser acreditada por otros medios de prueba”.
Sentado ello, y a pesar de considerar prima facie acertadas las consideraciones formulas por el anterior sentenciante en relación a los defectos que adolecen los títulos acompañados, los camaristas entendieron que no cupo rechazar liminarmente la acción instaurada por no haber acreditado el actor su condición de accionista.
En la sentencia dictada el pasado 27 de mayo, los magistrados explicaron que “la restante documentación anejada permite otorgar ab initio legitimación al actor para accionar por remoción de los directores”, agregando que debían también ponderarse el reconocimiento de insinceridad, contrato de locación y contrato de constitución de "Nueva 5ta Avenida S.A.".
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