El 1 de octubre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial y entró en vigencia la Resolución N° 991/2021 de la Secretaría de Comercio Interior (la “Resolución” y la “SCI”, respectivamente), en el marco de la implementación de un esquema de administración de precios de bienes de consumo masivo.
La Resolución crea el programa "Súper Cerca" y aprueba el modelo de convenio a suscribirse con las empresas proveedoras que decidan adherir a un acuerdo de precios homogéneo a nivel nacional, el que puede consultarse aquí.
Mediante la suscripción del acuerdo, la empresa proveedora se compromete, entre otras cosas a:
(a) Incluir en los envases de los productos destinados a abastecer los comercios de proximidad, y que sean objeto del acuerdo, el precio de venta final a los consumidores, acordado previamente con la SCI, de forma clara, precisa, completa y totalmente visible. Ello, respetando las disposiciones técnicas aprobadas por la SCI, que pueden consultarse aquí.
(b) Incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada, así como arbitrar las medidas conducentes para asegurar el transporte y provisión de la totalidad de los productos objeto del acuerdo.
(c) Elaborar, producir y distribuir elementos promocionales y alusivos al Programa Super Cerca.
La SCI fiscalizará el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el marco del acuerdo, así como las exigencias establecidas en la Ley N° 20.680 de Abastecimiento, la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor (LDC) y el Decreto N° 274/2019 de Lealtad Comercial. Se establece que resultan de aplicación supletoria las disposiciones sobre autoridad de aplicación, procedimiento y sanciones de la LDC.
Por Luis D. Barry y M. Carolina Abdelnabe Vila
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