El 4 de octubre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 1015/2021 de la Secretaría de Comercio Interior, que incorpora al ordenamiento jurídico nacional la Resolución N° 11/2021 del MERCOSUR relativa a la protección de los consumidores en situación de hipervulnerabilidad (la “Resolución MERCOSUR”).
La Resolución MERCOSUR menciona supuestos que pueden constituir causas de hipervulnerabilidad (entre otras, ser niño, niña o adolescente, tener la condición de persona migrante o turista, encontrarse en situación de vulnerabilidad socioeconómica). No obstante, aclara que la presunción de hipervulnerabilidad no es absoluta, sino que debe ser analizada según el caso concreto.
Asimismo, establece que cada estado parte del MERCOSUR debe adoptar medidas tendientes a la protección de los consumidores hipervulnerables.
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