Días pasados, la Dirección General Impositiva dio a conocer las últimas modificaciones introducidas por esa Administración en el texto del formulario de solicitud del certificado de residencia fiscal (y también en el Instructivo correspondiente).
Las innovaciones en el formulario involucran una serie de detalles que es menester tomar en cuenta a la hora de completarlo. Y fundamentalmente indican ciertas pautas en cuanto a la manera en que debe probarse la residencia fiscal en Uruguay.
Muy especialmente, las innovaciones establecen las pruebas que el interesado debe agregar a efectos de hacer valer los denominados “intereses vitales”. Es decir, los vínculos que mantiene en el Uruguay para demostrar que ha trasladado (a este último país) su centro vital de intereses.
En esa línea, las innovaciones enumeran los siguientes documentos para probar el nexo del contribuyente con el Uruguay: constancia de cobertura médica, constancia de su calidad de socio en clubes deportivos, estados de cuenta bancarios con gastos en el Uruguay, estudios académicos, estudios y/o gastos médicos, constancia de trabajo en el país, contrato de alquiler como arrendatario o constancia de propiedad del inmueble de residencia y gastos asociados a su nombre (servicio de cable, UTE, OSE, ANTEL, etc.
Las modificaciones antedichas entraron en vigencia el pasado 1º de Diciembre.
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