Los nacionales de los siguientes países: Argentina, Brasil, Paraguay, Bolivia, Chile, Colombia, Perú, Ecuador, Venezuela, Suriname y Guayana, que deseen radicarse en Uruguay indefinidamente podrán aplicar para la obtención de residencia legal MERCOSUR, no siendo necesario para ello la acreditación de ningún tipo de remuneración y/o retribución proveniente de cualquier tipo de actividad ya sea ésta prestada en régimen de dependencia o independencia. Tampoco es necesario acreditar la percepción de ningún tipo de ingreso como puede ser la percepción de una renta o de una jubilación. Todo ello por cuanto el Ministerio de Relaciones Exteriores (en adelante “MRREE”), organismo encargado de tramitar y aprobar la residencia legal MERCOSUR, al iniciar la residencia, no exige la acreditación de medios de vida.
En definitiva, basta con que los nacionales de los países mencionados anteriormente, presenten ante el MRREE su documento de identidad, los antecedentes penales de el o de los países donde hubiere vivido durante los últimos cinco años apostillados (traducidos de ser necesario) y con el carnet de vacunación para que puedan aplicar para la residencia legal MERCOSUR, no siendo necesario la presentación de medios de vida.
Sin embargo, aquellos interesados que no sean nacionales de los países mencionados anteriormente, en caso de querer radicarse definitivamente en Uruguay deberán aplicar para una residencia legal que se tramita ante la Dirección Nacional de Migraciones, debiendo el interesado presentar medios de vida los que deberán indicar la percepción de ingresos los que son suficientes para su manutención en el país, ya sea porque consiguieron un trabajo en el país (en régimen de dependencia y/o independencia) o porque perciben una jubilación o una renta.
Por Mercedes Nin Algorta
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