Rechazan reclamo por Horas Extras, Diferencias Salariales por Categoría e Indemnización por Clientela
La Sala II del fuero laboral rechazó un recurso que tenía en miras revertir la decisión del tribunal a quo que había desestimado horas extras reclamadas, diferencias salariales por categoría y la indemnización por clientela. Pese a ello, en la causa “Nicoletta Andrea Paula c/ Royal and Sun Alliance Seguros Argentina s/ despido”, se reconoció el despido incausado y se otorgó el la indemnización del art. 80. La señora Nicoletta se había desempeñado como Jefe de Suscripción del Área de Seguros de Vida de la demandada hasta el año 2007. Es así que por desavenencias con su empleadora se dio por despedida, cuestión que fue reconocida por la justicia laboral de primera instancia, y confirmada en el tribunal de alzada, dado que no fue cuestionada la medida por la demandada al arribar la causa a dicho estadío. Sin perjuicio de ello, la actora y la demandada presentaron sendos recursos de apelación con el objetivo de recurrir algunas cuestiones accesorias. Respecto de la actora, las horas extras, diferencias salariales por categoría –viajante de comercio-, indemnización por clientela, y el art. 80 LCT. En cuanto a la demandada, por el reconocimiento del pago del bono del período 2004-2006. Sobre las diferencias salariales por la categoría del Estatuto del Viajante de Comercio reclamadas por la actora, el doctor Pirolo manifestó que debía confirmarse el juzgamiento, dado que la actora no realizaba “compraventas”, requisito necesario para encuadrar en la actividad citada. Técnica y jurídicamente, las prestaciones derivadas de una contratación no serían suficientes para el encuadre, indicó el magistrado. Para confirmar el rechazo de los viáticos y las comisiones, argumentó sobre el primero que de los testimonios acompañados se pudo observar contradicciones en un primer lugar. Por otro lado, deduce que claramente se rendían los mismos, sin tener un monto fijo, ello por lo tanto no cumplimentando el artículo 106 LCT. Respecto del segundo, declaró irrelevante la fundamentación del agravio por parte de la actora. En cuanto a las horas extras, el juez indicó que no acompañó documentación probatoria, y asimismo la testimonial resultaba contradictoria e ineficaz. Éste último calificativo, en función de que los testimonios indicaban que la actora trabajaba en horarios nocturnos o daban otras características, las cuales no habían sido indicadas en la demanda, por lo tanto el juzgamiento a favor de tal item sería violatorio al principio de congruencia. Por último, rechazó el agravio presentado por la demandada, con el fundamento de que el bono del año 2005 había sido reconocido como pago por ella. Es así que con fundamento en la Teoría de los Actos Propios rechazó la solicitud. Con fundamento en ello procedieron los bonos de los años 2004/05/06, con la obligación de pago de todos, inclusive el año 2005, al no haber sido probado su pago.

 

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