Publican en el Boletín Oficial la Ley de Refinanciación de Créditos Hipotecarios
Fue publicada en el Boletín Oficial la ley 26.497, la cual le permitirá a los deudores hipotecarios con sentencia firme cancelar su deuda con fondos del fideicomiso para la refinanciación hipotecaria. De acuerdo a lo contemplado en la iniciativa, el total de la deuda que hubiera sido establecido por la sentencia podrá ser cubierto por el fideicomiso, contando el deudor con un plazo de 30 días para decidir si desea cancelar la deuda por medio del mismo. Si bien la refinanciación no podrá superar el plazo de 240 meses, la normativa contempla la posibilidad de que el mismo se extienda a 360 en aquellos casos en que las circunstancias excepcionales impidan el repago de la deuda. De acuerdo a lo establecido en la norma, se considera circunstancia excepcional cuando supera el límite del 40 por ciento del ingreso familiar mensual el cálculo de la cuota mensual que corresponde a la financiación de 240 meses. Por otro lado, es importante resaltar que la presente ley  suspendió la ejecución de sentencias judiciales y subastas judiciales y extrajudiciales, así como también los desalojos.

 

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