Llegó la causa "B., F. P. c/Raxar SRL s/Despido" a la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo a los fines de resolver el recurso deducido por la demandada contra la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente al reclamo.
La demandada cuestionó principalmente la procedencia de la indemnización sustitutiva de preaviso. Refirió que dicho concepto "fue incluido en oportunidad de abonar la liquidación final".
La Sala referida explicó que si bien la demandada acompañó con la contestación de demanda un recibo de sueldo que daría cuenta del pago de la indemnización sustitutiva del preaviso omitido, "dicho instrumento no cumple con el recaudo previsto por el art. 138 de la LCT, que exige que los recibos se encuentren suscriptos por el trabajador".
Sumado a ello, la actora desconoció los recibos de sueldo acompañados por la demandada, y por ello, le correspondía a la accionada producir prueba que diera cuenta del pago de dicha indemnización. Cuestión que no sucedió en autos.
Así las cosas, el pasado 6 de junio los Dres. Sudera y Garcia Vior confirmaron el pronunciamiento de grado.
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