Paraguay
Paraguay licitará obras “llave en mano” por valor de USD 760 millones

La República del Paraguay licitará obras en la modalidad “llave en mano” por el valor de USD 760 millones bajo la Ley No. 5.074/13.

 

Ley 5074

 

  • La Ley 5074 tiene por objeto regular la ejecución y adquisición de obras o servicios públicos a través de llamados de licitación por parte del Estado paraguayo, en las cuales los oferentes podrán diseñar, construir, equipar y financiar las obras o servicios. El Estado Paraguayo asume las obligaciones de pago y provee para tal efecto garantía soberana sobre dichas obligaciones. La obligación de pago asumida está condicionada a la entrega y recepción de la obra contratada o partes terminadas que puedan ser utilizadas (Parte Terminada y Utilizable).
  • Contra entrega y recepción de una Parte Terminada y Utilizable, el Estado paraguayo suscribirá un título por el cual se instrumentará el reconocimiento de la obligación de pago de los compromisos asumidos, en dólares americanos, denominado certificado de reconocimiento de obligación de pago, respecto al valor de cada Parte Terminada y Utilizable en una serie de desembolsos.
  • Los certificados son suscriptos con garantía soberana y tienen carácter de deuda pública externa asumida por el Estado paraguayo de conformidad a lo definición de deuda pública externa proveída por éste en su circular de oferta.

Los proyectos

 

La licitación pública de USD 760 millones estará dividida en 3 proyectos:

 

  • Proyecto: Pavimentación de la Ruta Puerto Indio. Tipo: Carretera (60 km). Fecha de inicio de la operación: Agosto. Monto: USD 80 millones
  • Proyecto: Mejoramiento Ruta 12, tramo Chacoí-Triángulo-Gral. Bruguez. Tipo: Carretera (160 km) Fecha de inicio de la operación: Octubre. Monto: USD 160 millones
  • Proyecto: Mejoramiento tramo Cruce Centinela, Pozo Hondo. Tipo: Carretera (373 km). Fecha de inicio de la operación: Noviembre. Monto: USD 500 millones

Inversión en Infraestructura en Paraguay

 

Para más detalles sobre sobre el marco legal aplicable bajo la Ley 5102/13 de Alianza Público - Privada (APP) y la Ley 5074, haga clic aquí.

 

Por Carlos Vasconsellos y Néstor Loizaga

 

 

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