Ordenan al INDEC Reincorporar e Indemnizar a Empleada Desplazada
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, determinó que el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (INDEC) deberá reincorporar a una empleada en su puesto del área de Índice de Precios, quien había sido desplazada de su cargo tras denunciar manipulaciones estadísticas en el organismo. La decisión fue adoptada por la Sala VIII, quien a su vez ordenó indemnizar a la accionante con la suma de 40 mil pesos en concepto de daño moral. El caso se había iniciado en junio del año pasado, cuando la empleada Vanina Micello había sido desplazada de su puesto en la Oficina de Operativos Especiales de la Dirección de Precios, a la Biblioteca del organismo, argumentando que la misma había cometido irregularidades. Dicho desplazamiento, se había producido en circunstancias poco precisas, luego de que la empleada declarase en una causa penal contra el secretario de Comercio Interior Guillermo Moreno. Según fue resaltado por los camaristas, la empleada desplazada se desempeñaba en una de las áreas sensibles del organismo, destacando que como afiliada a ATE había participado de manifestaciones contra la intervención al organismo. Los jueces, tuvieron en cuenta que el desplazamiento a la Biblioteca se produjo sin haber cumplido con los recaudos exigidos por las normas laborales vigentes, habiendo sido reducidos sus ingresos normales como consecuencia del traslado. Dicha situación, sumado a que la empleada se desempeñaba en el INDEC desde el año 1992, donde no había registrado antecedentes por mal comportamiento, llevaron a los jueces a la conclusión de que el traslado de Micello no tuvo una justificación objetiva y razonable. De acuerdo a la resuelto por los camaristas, el cuestionado traslado se trató de una medida de segregación, discriminación y represalia por el ejercicio de las actividades gremiales. En base a tales argumentos, los camaristas dejaron sin efecto la resolución de primera instancia que había rechazado la demanda presentada por Micello, haciendo lugar a la acción de amparo y condenando al INDEC a reintegrar a la empleada a su anterior puesto, debiéndole pagar una indemnización por daño patrimonial e inmaterial.

 

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