Tras un pedido presentado por una ONG que defiende los derechos de los consumidores, en el día de ayer, un juez mendocino ordenó como medida cautelar a Facebook Inc. Cerrar los grupos creados por menores de edad que tengan por finalidad promover la falta de asistencia masiva a las clases escolares.
Buscando evitar que se repita lo ocurrido el pasado 30 de abril, cuando por medio de una convocatoria a través de la red social Facebook unos tres mil alumnos se ausentaron de clases y se reunieron en la Plaza Independencia de la ciudad de Mendoza, el juez Alfredo Dantiacq Sánchez, a cargo del Segundo Juzgado Civil y Comercial de Mendoza, hizo lugar a una petición de la ONG Protectora, defensora de los derechos de los consumidores.
La medida precautoria había sido presentada por la ONG a pedido de un grupo de padres que se acercó a la entidad manifestando su preocupación por las “rateadas masivas”.
Al hacer lugar a la demanda presentada, el juez ordenó "el cese inmediato de los grupos creados o a crearse por menores de edad con el objeto de promover la falta al ciclo escolar, sin el debido consentimiento de sus padres o la autoridad escolar, para juntarse en un sitio específico y poder festejar dicho incumplimiento".
A su vez la sentencia decidió “hacer extensivo a posibles otros objetos donde los menores de edad promuevan objetivos que puedan causarse daño ellos o a terceros con su accionar; y haga efectivo el control de los contenidos de los grupos de menores de edad y su seguridad”, conforme a las políticas publicadas al respecto por Facebook, hasta que existe una sentencia definitiva al respecto.
La presente decisión se basó en lo establecido en el artículo 5º de la Ley de Defensa del Consumidor, donde se establece que "las cosas y los servicios suministrados no pueden poner en peligro la salud o integridad física de los consumidores".
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