El Ministerio del Medio Ambiente, mediante Resolución Exenta No. 375/2021 de fecha 3 de mayo de 2021, ha realizado un nuevo requerimiento de información a los productores de productos prioritarios en el contexto de la Ley Marco para la Gestión de Residuos, la Responsabilidad Extendida del Productor y Fomento al Reciclaje (“Ley REP”).
Objeto
El requerimiento se enmarca en las obligaciones de información establecidas para los productores de productos prioritarios a los cuales se les aplica la Ley REP (sea que su respectivo reglamento de metas y obligaciones se encuentre publicado o no), como asimismo a productores de productos prioritarios no sometidos a metas ni obligaciones asociadas, según el artículo 11 de la Ley REP.
Destinatarios
El requerimiento de información está destinado a los productores de los siguientes productos prioritarios:
- Aceites lubricantes
- Aparatos eléctricos y electrónicos
- Baterías
- Envases y embalajes
- Neumáticos
- Pilas
- Diarios, periódicos y revistas
Obligación de informar
En virtud de este requerimiento, los productores deberán informar a través del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), la cantidad -unidades, metros cúbicos y/o toneladas- de productos prioritarios introducidos en el mercado, en el país, durante el año 2020.
Plazo
La información deberá ser entregada a contar de la publicación de esta resolución y hasta las 14:00 horas del día 2 de julio del año en curso.
Por Rafael Vergara, Manuel José Barros y Julio Recordon
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