Con fundamento en la Ley Nacional de Empleo N° 24.013 y en los Convenios de la Organización Internacional de Trabajo No 100, 111, 142, 156 y 190, que exigen la promoción de medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la Constitución Nacional y por tratados internacionales vigentes sobre derechos humanos, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, por medio de la Resolución que comentamos (publicada en el Boletín Oficial el 23.06.22), dispuso crear un nuevo programa en materia de formación profesional denominado “TRABAJO + TECNOLOGÍA (T. Tec)”, fijando objetivos y líneas de acción de formación técnico-profesional para la inserción laboral en la industria 4.0.
Se le asigna como objetivos al referido programa: potenciar la inclusión laboral de los participantes; incentivar la inserción de mujeres y diversidades sexuales en el sector TIC (Tecnologías de la Información y las Comunicaciones) ; prevenir y erradicar la violencia en el trabajo; y contribuir al desarrollo del talento de jóvenes para fomentar la empleabilidad de los mismos en el mundo de la tecnología.
Con tal propósito dispone la realización de capacitaciones y trayectos formativos conducentes a la inclusión laboral de personas mayores de 18 años y hasta 35 años de edad inclusive, en las actividades productivas vinculadas a la aplicación de las tecnologías 4.0.
En tales condiciones, dispone que las actividades de formación se ejecutarán a través de universidades nacionales para certificar junto con cámaras empresarias involucradas las competencias laborales adquiridas por las personas trabajadoras participantes, mediante convenios específicos, que identificarán las necesidades y demandas laborales y de formación en saberes, conocimientos y aptitudes digitales existentes en las diferentes regiones del país.
La implementación del programa referido tendrá lugar mediante la celebración de convenios, previa identificación de las necesidades derivadas de la formación y de las aptitudes digitales necesarias y verificables en distintas regiones del país, quedando constituido el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación como autoridad de aplicación.
Consideramos que dichos postulados hacen necesario el dictado de normas complementarias que precisen contenidos además del alcance de esos objetivos y los recaudos para adherir al referido programa.
Por Esteban Carcavallo, Edgardo Isola y Gabriel Schlosser
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