Antes de la promulgación de la Ley N° 7021/22 la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado resultaba obligatorio únicamente para el oferente adjudicado en la licitación. Esta cuestión ha sido modificada con la entrada en vigor de la mencionada ley, y ahora la inscripción al registro resulta de carácter obligatorio para las empresas que deseen presentar ofertas en las licitaciones convocadas por el Estado. Esta obligación rige para personas físicas, jurídicas, consorcios constituidos o con acuerdo de intención, y a su vez, para empresas nacionales y extranjeras interesadas en presentar ofertas.
La inscripción se realiza en dos pasos: 1) la preinscripción: este acto es realizado de forma online a través de la página web de la DNCP (www.contrataciones.gov.py), y consiste en la presentación de los documentos que corresponden al tipo societario de la empresa que se registra, la carga de datos correspondientes a la misma y la designación de un usuario administrador y los documentos y datos correspondientes a este; y luego, 2) la inscripción: consiste en la presentación del formulario de preinscripción firmado ante las oficinas de la DNCP y de los documentos que, según la normativa vigente, corresponden a la naturaleza de la empresa que solicita la inscripción. La inscripción puede ser realizada de forma online, en el caso que los representantes de la empresa y el usuario administrador designado cuenten con firma electrónica cualificada1, en los términos de lo establecido en la Ley N° 6822/21, “De los Servicios de confianza para las transacciones electrónicas, del documento electrónico y los documentos transmisibles electrónicos”.
Las empresas extranjeras, además de presentar los documentos que correspondan a la naturaleza de la empresa, deben cumplir con otros requisitos establecidos por la DNCP en las reglamentaciones emitidas, como ser, la constitución de un domicilio en la República del Paraguay o la designación de un representante legal domiciliado en el territorio nacional. Además, los documentos que se encuentren redactados en un idioma distinto al español deben contar con traducción realizada por un traductor público matriculado en la República del Paraguay.
Por otra parte, el Registro de Proveedores ofrece la funcionalidad de administración de documentos. A través de este los proveedores pueden cargar al sistema los documentos inherentes a la empresa como ser: estatutos sociales, poderes, constancias de RUC, de cumplimiento tributario, experiencia de la firma, entre otros. El sistema permite la generación de una constancia que contiene un detalle de los documentos cargados en el sistema y el estado de estos. La presentación de esta constancia reemplaza la presentación física en la oferta de los documentos cargados, abaratando así los costos de elaboración de la oferta.
Con las disposiciones emitidas por la DNCP, la inscripción al Registro de Proveedores del Estado ya forma parte de la preparación de la oferta. Su relevancia requiere de un estudio y revisión de los documentos de la empresa y de las obligaciones que son aplicables a esta según su naturaleza jurídica. Es conveniente que las empresas nacionales y extranjeras que tengan interés en ingresar al mercado de las contrataciones públicas realicen el paso previo de inscripción al Registro de Proveedores con la suficiente antelación considerando los plazos de presentación y apertura de ofertas de cada licitación. BKM | Berkemeyer brinda el servicio de asesoría y gestión integral desde la preinscripción al registro hasta su aprobación por parte de la DNCP.
Por Martín Carlevaro y Larissa Recalde
Opinión
PASBBA
opinión
ver todosNORDELTA S.A.
Alfaro Abogados
Berton Moreno IP Law
Eskenazi Corp