El 3 de febrero de 2022, la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) emitió el Criterio Interpretativo N° 80 (el “Criterio”), a través del cual dispuso la continuidad de lo que originalmente se definió por vía de la Resolución General CNV 830/2020 (la “Resolución”).
En el marco de la emergencia sanitaria, la Resolución dispuso los parámetros y requisitos para las reuniones de asamblea y de directorio de las entidades emisoras a distancia, aún en aquellos supuestos en los no estuviera expresamente previsto por el estatuto social.
En tal sentido, y atento a que la emergencia sanitaria fue prorrogada hasta el 31/12/2022, la CNV dispuso con la adopción del Criterio mantener la vigencia de la Resolución, y diferir en los órganos de administración de cada sociedad el análisis a fin de definir la vía por la cuál se celebrarán las reuniones de asamblea y de directorio, sea de manera presencial o virtual.
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