Encuentro de Impuestos 2009 – IDEA
ofarrel3.gifLa División Impuestos de IDEA organizó el 25 de agosto su Encuentro 2009 con el fin de abordar el tema de la planificación fiscal desde distintos ángulos y en el marco de el actual escenario económico, tanto internacional como nacional. De la mano de reconocidos especialistas, durante el encuentro se puso especial atención a los siguientes ejes: -Aspectos relevantes de la situación fiscal nacional. -La relación de la planificación fiscal con la estrategia de los negocios. -Oportunidades en financiamiento de proyectos. -La generación y/o retribución de intangibles. -Las operaciones con empresas vinculadas. -Los proyectos y negocios inter jurisdiccionales. Tasas Municipales. -El rol de la Corte Suprema. -El ajuste por inflación. Estudio O’Farrell participó como auspiciante del evento y, además, tuvo a dos oradores: Miguel Tesón y Guillermo Lalanne, socios del Departamento de Derecho Tributario. Ambos participaron del panel “Aspectos a considerar a la hora de analizar proyectos y negocios ínter jurisdiccionales. Tasas Municipales”. El Dr. Lalanne trató “La problemática de los reclamos municipales. El reclamo de tasa sin local. El caso de los municipios de la Provincia de Córdoba y Entre Ríos”. Mientras que el Dr. Tesón expuso sobre “Municipios que reclaman la tasa más allá del ejido municipal (Avellaneda). Análisis para contrarrestar dicho criterio”. El encuentro tuvo muy buena convocatoria y concurrencia, estuvieron presentes los gerentes o encargados de impuestos de las más importantes empresas de Argentina. Sobre las exposiciones de Nuestros Socios La exposición del Dr. Lalanne estuvo centrada en los problemas que enfrentan hoy en días las empresas de nuestro país frente al incremento de la voracidad fiscal de los Municipios, como sucede con los municipios de la Provincia de Córdoba y Entre Ríos. En tal sentido, se hizo especial hincapié en las recientes sentencia de la Corte Suprema de Justicia dictada en las causas “Laboratorios Raffo c/ Municipalidad de Córdoba” e “Ivax c/ Municipalidad de Río Cuarto” en donde se remarcaron los requisitos que debían cumplir las tasas municipales y que, claramente, no eran cumplidas por dichas Municipalidades. Por último, se abordó la situación a futuro y, sobre todo, la postura expresada por muchas municipalidades de la Provincia de Córdoba de seguir exigiendo el pago de estos tributos y desconocer las sentencias de la Corte Suprema, sobre la base de una interpretación tergiversada de las mismas; y cómo pueden hacer las empresas para ponerle freno a esa inconstitucional pretensión fiscal. Por su parte, el Dr. Tesón abordó la problemática que se presentan a las empresas que deben hacer frente a reclamos de tasas municipales por importes que exceden los ingresos obtenidos en cada municipalidad. En este sentido, hizo una exposición detallada de los tres párrafos del art. 35 del Convenio Multilateral y de la interpretación que de ellos ha hecho en los últimos años la Comisión Arbitral. Asimismo, y en relación con la naturaleza jurídica de las tasas, se pronunció acerca de la inconstitucionalidad del tercer párrafo del art. 35 de Convenio Multilateral en cuanto transforma a la tasa por inspección de seguridad e higiene en un impuesto sobre los ingresos brutos. Ello así, además, existe una clara desvinculación con el costo del servicio supuestamente prestado y con la inexistencia de sustento territorial o local habilitado en la Municipalidad.-

 

Opinión

Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por Dolores M. Gallo
Barreiro
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