Zang, Bergel & Viñes Abogados asesoró a Cresud S.A.C.I.F. y A. (“CRESUD”), respecto de emisión de la Tercer Serie de Obligaciones Negociables, Clase V, Clase VI y VII, emitidas en el marco del Programa Global de Obligaciones Negociables de la Compañía, por hasta la suma de U$S 150.000.000 o su equivalente en otras monedas. El 10 de marzo 2011, finalizó exitosamente la colocación de la Tercer Serie de Obligaciones Negociables por un valor total de $ 255.726.138.
Las Obligaciones Negociables Clase V tienen un Vencimiento a los 21 meses de su emisión, y fueron emitidas por un valor nominal de $ 106.875.591, a un precio de emisión del 100% del valor nominal y a una tasa de corte de 375 puntos básicos, más la tasa Badlar Privada, pagadera por trimestre.
Las Obligaciones Negociables Clase VI tienen un Vencimiento a los 24 mesescorridos de su emisión, y por un valor nominal deU$S 34.848.037 equivalente a Ps. 140.468.952, a un precio de emisión del 100% del valor nominal y a una tasa de fija 7,50% anual, pagadera por trimestre.
Las Obligaciones Negociables Clase VII tienen un Vencimiento a los 24 meses corridos de su emisión, por un valor nominal de U$S 2.079.336 equivalente a Ps.8.381.595 a un precio de emisión del 100% del valor nominal, con rendimiento a una tasa fija del 4%, pagadera por trimestre, más un Factor Premio pagadero al vencimiento. Es la primera vez que se emite en el mercado de capitales local una obligación negociable cuyo rendimiento está relacionado a la evolución del valor de la soja, adicionalmente al interés pagadero trimestralmente. Esta conjunción entre la tasa y el Factor Premio ha otorgado al inversor una doble protección, es decir un beneficio mínimo asegurado reflejado en la tasa de interés fija y un incentivo que le permite recibir al inversor un porcentaje de la apreciación que tenga la soja en el período de 24 meses, frente a un escenario mundial que acompaña la evolución positiva del precio de los commodities.
El total del libro alcanzó los Ps. 302.700.000, lo que representó una sobre-suscripción de 235% en relación al monto originalmente anunciado de Ps. 90.000.000.
Banco Hipotecario, BACS Banco de Crédito y Securitización S.A., Banco Santander Río S.A., SBS Sociedad de Bolsa, Raymond James Argentina Sociedad de Bolsa, Allaria Ledesma & Cía. Sociedad de Bolsa y Nuevo Banco de Santa Fe S.A., actuaron como agentes de colocación de losObligaciones Negociables.
Zang, Bergel & Viñes Abogados actuó como asesor legal de Cresud a través de su socia Carolina Zang y los asociados María de los Ángeles del Prado, Pablo Schreibery José Krasñansky.
Pérez Alati, Grondona, Benites, Arntsen & Martínez de Hoz actuó como asesor legal de los colocadores a través de su socio Diego Serrano Redonet y los asociados José Luis Foglia, Axel Hatrick y Sofía Del Carril.
Opinión
Kabas & Martorell
opinión
ver todosPASBBA
NORDELTA S.A.
Alfaro Abogados
Berton Moreno IP Law