Uruguay
Dos años del nuevo Código del Proceso Penal. Luces y sombras
Por Martín Balmaceda & Georgina Dell'Acqua
Guyer & Regules

En diciembre de 2014, el Parlamento aprobó un nuevo Código del Proceso Penal (CPP), que sustituyó el anterior Código del Proceso Penal de 1980, y que representó un cambio de paradigma en la persecución penal. Este nuevo CPP empezó a aplicarse el 1° de noviembre de 2017.

 

Existen múltiples factores que pueden incidir en la necesidad, o la conveniencia, de modificar un sistema procesal penal. Sin embargo, en el caso de Uruguay tuvo especial relevancia la necesidad de adaptar el proceso penal uruguayo a los estándares modernamente aceptados, y las recomendaciones de los organismos internacionales relevantes en la materia.

 

A continuación presentamos una evaluación de algunos puntos de estos dos años de aplicación del nuevo CPP.

 

¿Cuáles son las principales virtudes que ha demostrado el nuevo Código?

 

Una de los principales cambios que se buscaron con el nuevo CPP, es que la investigación del delito deje de estar en cabeza de los jueces, para pasar a los Fiscales exclusivamente. Esto implica un cambio importante en Uruguay, dado que históricamente (el modelo que rigió durante más de 100 años) los jueces han llevado adelante una parte muy importante de la investigación penal. Sin embargo, este aspecto podía generar que los jueces, que deberían ser imparciales, terminaran resolviendo los casos condicionados por las decisiones tomadas en su propia investigación anterior.

 

La experiencia del nuevo CPP ha demostrado que los jueces se han adaptado fácilmente a su nuevo rol. Asimismo, en estos dos años de práctica, los Fiscales han ido asumiendo y mejorando el liderazgo de las investigaciones.

 

Por otro lado, el nuevo CPP también persiguió la consagración de un proceso penal oral y público. Esto se ha logrado en buena parte por el establecimiento de sistemas audiovisuales de registro de las audiencias. Asimismo, como consecuencia del carácter oral y público, es posible ahora   tener acceso a declaraciones de Fiscales sobre un determinado caso (o en ciertas circunstancias, también jueces), todo lo cual ayuda a dar acceso a la ciudadanía a las decisiones de la justicia.

 

Finalmente, destacamos del nuevo CPP el otorgamiento de mayores facultades e intervención para las víctimas. En nuestra experiencia, las víctimas tienen contacto con el Fiscal que investiga el caso, y también un acceso razonable a la carpeta de investigación del Fiscal

 

¿Cuáles son los principales defectos?

 

En estos dos años de puesta en práctica del nuevo CPP nos hemos encontrado con un sistema de persecución penal que si bien ya  en pleno funcionamiento, no siempre avanza con la eficiencia que debería. Las Fiscalías afirman estar sufriendo sobrecarga de trabajo, y la necesidad de mayor infraestructura y personal para enfrentar su nueva función de único investigador. Esto ha generado atrasos en el avance, o aún en la iniciación, de algunas investigaciones (por ejemplo: demoras de semanas, o aún meses, en la asignación del Fiscal que estará a cargo de la investigación de una denuncia; en la celebración de reuniones o audiencias en Fiscalía). También la necesidad de los Fiscales de priorizar ciertas denuncias sobre otras con criterios que no siempre son compartibles o claros.

 

Por otro lado la virtud de oralidad y publicidad que mencionábamos antes, tiene como contrapartida que  genera la necesidad de medidas de protección de las víctimas, denunciantes, testigos u otros sujetos del proceso, que integralmente no se ha logrado aún.

 

Un aspecto que ha generado mucha controversia  es la posibilidad de llegar a acuerdos, entre otros, para tramitar más rápidamente por el proceso penal cuando el imputado reconoce todo o parte de los hechos que se le imputan (el denominado “proceso abreviado”). Por esta vía de acuerdos tramitan actualmente la amplia mayoría de los procesos penales posteriores al nuevo CPP.

 

¿Qué se puede esperar a futuro?

 

La reforma del proceso penal uruguayo se enmarca en un proceso de reformas que ha llevado adelante la amplia mayoría de los países sudamericanos durante el siglo XX, con bases compartidas.  La experiencia en estos países demuestra que la puesta en práctica de la reforma puede insumir no menos de 4 o 5 años.

 

En el caso de Uruguay, desde diciembre de 2014 a la fecha ya se ha modificado el nuevo proceso penal en 12 oportunidades,  en diferentes aspectos, y es esperable que a futuro pueda seguir teniendo ajustes derivados de la práctica, o de las necesidades que vayan surgiendo conforme su implementación.

 

 

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