Condenan a ART a Pagar una Indemnización Civil
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo decidió condenar a una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART) a abonar  una indemnización civil a un empleado que sufrió un accidente laboral. El damnificado, también había demandado por dicha indemnización a la empresa en la cual se desempeñaba, sin embargo, sólo la aseguradora, fue condenada a abonar lo establecido en la Ley de Riesgos de Trabajo. En relación a la incapacidad del  empleado, el cual había sido dado de alta sin incapacidad por parte de la ART, en base a los dictámenes médicos, los magistrados determinaron que el mismo poseía una incapacidad psíquica del 20 por ciento. Los magistrados que componen la Sala I, en los autos caratulados “Avila Lucas Sebastián c/ Short Time SRL y otro s/ indemnización Art. 212”, decidieron condenar a la empresa en la que se desempeñaba el damnificado y a la ART, aunque diferenciando la extensión de responsabilidad que le corresponde a cada una de ellas. Los letrados, condenaron a la ART e los términos de la Ley de Riesgos de Trabajo, ya que en la misma se afirma la responsabilidad de una reparación tarifada de la incapacidad por parte de la aseguradora. A su vez, los camaristas expresaron, que en dicha normativa, se establece un régimen jubilatorio particular, en base al cual, de acuerdo a una regulación legal ajena al régimen civil, se vincula al damnificado sólo con a la aseguradora, exceptuando de ello a la empresa involucrada. Con relación a la empresa, los jueces establecieron que la responsabilidad que le incumbe  a la misma, resulta como consecuencia de ser dueño o guardián de la cosa riesgosa que dio origen o causa al daño, a la vez que en el presente caso no se demostró acreditar la responsabilidad de la víctima.

 

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