Ante la Visita de la OIT, el Ministerio de Trabajo Emitiría un Decreto sobre Libertad Sindical
Teniendo en cuenta la visita de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en mayo próximo, y con el fin de evitar un informe negativo de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la entidad, en el Ministerio de Trabajo analizan avanzar con el proyecto de decreto que establece la protección legal de los delegados y demás activistas afiliados a sindicatos simplemente inscriptos y la facultad de dichas organizaciones de cobrar una cuota a sus miembros.

Dicha iniciativa prevé modificar la situación actual de los gremios simplemente inscriptos, debido a que la ley argentina otorga representación exclusivamente al sindicato que tenga mayor cantidad de afiliados, el cual obtiene la personería gremial.

A pesar de ello, en la causa “Asociación de Trabajadores del Estado c/ Ministerio de Trabajo s/ Ley de Asociaciones Sindicales”, en un fallo dictado en noviembre de 2008, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 inciso a) de la Ley de Asociaciones Civiles, la que impone la exigencia de que un trabajador deba estar afiliado al sindicato con personería gremial para poder postularse como delegado.

En igual sentido que dicho precedente, el Máximo Tribunal señaló en diciembre de 2009 en la causa “Rossi c/ Estado Nacional Armada Argentina s/ Sumarísimo”, la inconstitucionalidad del artículo 52 de la Ley de Asociaciones sindicales.

En dicho fallo, la Corte consideró que afectaba la libertad sindical la obligación impuesta a los trabajadores que quieran actuar como representantes legales de adherirse a sindicatos con personería gremial.

De acuerdo a lo explicado por el Máximo Tribunal, dicha obligación discrimina a los sindicatos simplemente inscriptos y a sus representantes, debido a que les otorga una menor protección frente a los que poseen personería gremial.

 

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