Fallos
Viernes 03 de Abril de 2009
Suspenden el Trámite de Nuevas Causas Iniciadas por la AFIP
Argumentando una imposibilidad física y carencia de recursos humanos suficientes para poder llevar a cabo los trámites, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal emitió una acordada en la que dispuso que los Juzgados Federales de Ejecuciones Fiscales Tributarias no recibirán más causas iniciadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
La Cámara decidió adoptar la medida de paralizar hasta nuevo aviso el trámite de nuevas causas iniciadas por la AFIP, luego de que los jueces federales de ejecuciones presentaran un pedido advirtiendo la falta de personal y los problemas edilicios que impiden tramitar dichas causas adecuadamente.
En la acordada, los camaristas hicieron alusión al colapso de los juzgados, lo cual es consecuencia de las deficiencias en la estructura edilicia, así como de la falta de los recursos humanos imprescindibles para el correcto funcionamiento.
Con relación a las causas, las mismas seguirán ingresando para ser sorteadas por la Mesa de Asignaciones de la Cámara, donde si bien se les dará fecha cierta, se suspenderá el trámite.
Las actuaciones quedarán reservadas en poder de los procuradores fiscales hasta que la Cámara habilite su trámite nuevamente, no pudiéndose adoptar ninguna decisión de oficio, así como tampoco trabar ninguna medida respecto de los ejecutados.
La Cámara decidió adoptar la medida de paralizar hasta nuevo aviso el trámite de nuevas causas iniciadas por la AFIP, luego de que los jueces federales de ejecuciones presentaran un pedido advirtiendo la falta de personal y los problemas edilicios que impiden tramitar dichas causas adecuadamente.
En la acordada, los camaristas hicieron alusión al colapso de los juzgados, lo cual es consecuencia de las deficiencias en la estructura edilicia, así como de la falta de los recursos humanos imprescindibles para el correcto funcionamiento.
Con relación a las causas, las mismas seguirán ingresando para ser sorteadas por la Mesa de Asignaciones de la Cámara, donde si bien se les dará fecha cierta, se suspenderá el trámite.
Las actuaciones quedarán reservadas en poder de los procuradores fiscales hasta que la Cámara habilite su trámite nuevamente, no pudiéndose adoptar ninguna decisión de oficio, así como tampoco trabar ninguna medida respecto de los ejecutados.
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