Se trata del plus que se agrega al costo de las naftas y gasoil con el objetivo manifiesto de reparar las calles y rutas. En esta oportunidad, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo del departamento judicial La Plata se pronunció sobre el gravamen.
En un primer momento, Walter Rizzoli, concejal municipal de Monte, provincia de Buenos Aires, planteó ante los magistrados la inconstitucionalidad de la tasa y presentó un medida cautelar para frenar su implementación.
Por su parte, Luis Federico Arias, titular del Juzgado Contencioso Administrativo N°1 de La Plata, ordenó la interrupción de la aplicación de la Ordenanza Municipal N° 3973.
De esta manera, ordenó al Municipio de Monte a abstenerse de percibir el impuesto respecto de todo sujeto que consuma combustible en las estaciones de servicio locales, hasta que exista una sentencia firme.
Luego de la apelación por parte de la municipalidad, la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo ratificó la decisión de Arias. En las próximas semanas, el fallo podría llegar a la Suprema Corte bonaerense y, en última instancia, al Máximo Tribunal de la Nación.
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