Rechazan Planteo de Despido Indirecto por Mobbing
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró que resultaba improcedente el planteo de despido indirecto efectuado por la actora, debido a que la misma se había considerado despedida sin haber intimado previamente a la demandada la finalización del supuesto hostigamiento por parte de su jefe. Los magistrados que componen la Sala VIII, ratificaron la decisión adoptada en primera instancia, entendiendo que no se hallaban demostradas en la causa las situaciones de discriminación, persecución y hostigamiento que habían sido denunciadas por la trabajadora. En los autos caratulados “Marchi Magdalena Ariana c/ Siemens S.A. s/ despido”, la demandante había atribuido a las supuestas situaciones padecidas en el ámbito laboral un proceso de somatización que la obligó a requerir asistencia psicológica, siendo ello invocado como justa causa de la denuncia realizada. Los magistrados sostuvieron que la falta de intimación previa para obtener el cese de las conductas denunciadas, impidieron la configuración de la injuria, debido a que ello no posibilitó a la dirección superior de la empleadora adoptar medidas tendientes a corregir las supuestas conductas indebidas por parte del jefe inmediato de la actora. Por otro lado, al rechazar la apelación presentada, los camaristas resaltaron que la disminución de categoría que había alegado la actora, se había producido en un marco de reestructuración de la empresa, omitiendo en su declaración que ella también se produjo sobre el gerente señalado como supuesto autor del hostigamiento. En el fallo emitido el pasado 6 de marzo, los jueces consideraron que las situaciones denunciadas por la demandada no se pueden encuadrar como transgresiones a reglas concretas, ni como incumplimientos contractuales por parte de la pretensora, sino que debían considerarse pequeñas diferencias dentro de un grupo de trabajo donde compiten en la búsqueda de prestigio y autosatisfacción.  

 

Opinión

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