Prohíben Operaciones Bursátiles con Paraísos Fiscales
La Comisión Nacional de Valores emitió una resolución que prohíbe a las sociedades de Bolsa, fideicomisos o administradoras de fondos comunes de inversión efectuar operaciones bursátiles con los denominados paraísos fiscales. De acuerdo a dicha resolución, la compra o venta de acciones y otros instrumentos financieros, sólo podrá llevarse a cabo con sujetos constituidos, domiciliados o que residan en jurisdicciones o Estados que no formen parte de la lista publicada por la Unidad de Información Financiera (UIF). Dentro de los paraísos fiscales, existen grandes grupos económicos y financieros que tiene su sede legal en dichos lugares, beneficiándose del secreto bancario y fiscal, sumándose a ello que en dichos lugares no pagan impuestos o los mismos son muy bajos. En igual sentido, en aquellos casos en que las exportaciones se realizan a través de dichos paraísos fiscales, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), implementó un sistema para bloquear la devolución del IVA, así como el pago de los reintegros a las exportaciones. Según los datos con los que cuenta dicho organismo, la mitad de las exportaciones se triangulan por medio de bancos radicados en tales lugares, ante lo cual, la AFIP pone dichas operaciones bajo control, con el fin de corroborar que no exista un subfacturación ni una sobrefacturación de la operación. El Banco Central registró desde  mediados de 2007 la salida de más de 37 mil millones de dólares del sistema financiero al exterior, por lo cual se encuentra analizando la implementación de medidas complementarias para restringir las operaciones financieras con los paraísos fiscales.  

 

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