Se pretende que en los casos en los que no se pueda determinar a cual de los dos cónyuges correspondan los bienes gananciales, por la implementación del matrimonio entre personas del mismo sexo, se considerarán atribuidos a ambas partes por igual.
A partir de la sanción de la ley de Matrimonio Igualitario, Fernando Yarade, diputado salteño, presentó un proyecto de ley que busca incorporar un nuevo inciso al artículo 29 de la ley del Impuesto a las Ganancias.
De esta manera, cuando no pueda determinarse a que cónyuge corresponda los beneficios generados por lo que el código civil denomina “bienes gananciales”, se le atribuirán a ambos de forma equitativa.
A partir de la ley 26.618 acerca del Matrimonio Civil, se busca actualizar algunas cuestiones relacionadas a la sociedad conyugal y a al Impuesto a las Ganancias.
El artículos 42 de la ley mencionada con anterioridad establece que “ninguna norma del ordenamiento jurídico argentino podrá ser interpretada ni aplicada en el sentido de limitar, restringir, excluir o suprimir el ejercicio o goce de los mismos derechos y obligaciones, tanto al matrimonio constituido por personas del mismo sexo como al formado por dos personas de distinto sexo”.
Además, se realizaron sustituciones en el Código Civil en cuánto a expresiones que pudieran hacer referencia al sexo de los contrayentes, como “marido” y “mujer”.
El artículo 30 de la Ley de Impuesto a las Ganancias indica que “corresponde atribuir totalmente al marido los beneficios de bienes gananciales”. Esta es una de las cuestiones que el diputado salteño quiere modificar con su iniciativa.
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