El caso se refiere a una contribuyente que se dedica a desarrollar actividades de índole industrial y que cuestionó en sede administrativa la revocación de su exención en el tributo sobre los ingresos brutos.
Además, la actora había sido incorporada por la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (ARBA) al sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias (SIRCREB).
Por su parte, la persona solicitó, mediante una medida cautelar, que se suspenda la inclusión de la firma como contribuyente de Alto Riesgo Fiscal en el Sistema de Recaudación.
La Justicia de la Ciudad de Buenos Aires concedió la medida precautoria y le ordenó a la Agencia Gubernamental que suspenda la inclusión en ese padrón de contribuyentes.
En su justificación, el magistrado consideró como verosímil el derecho alegado por la actora, debido a que el Fisco no pudo dar explicaciones certeras sobre la razón por la que incorporó al contribuyente.
De esta manera, la categorización sin dictamen previo ni acto administrativo podría constituir una ilegitimidad en el obrar del Fisco. Además, no existió notificación alguna al contribuyente de la inserción en el sistema.
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