Fallos
Miércoles 11 de Noviembre de 2009
Más Controles de la AFIP para la Entrada y Salida de Dinero en Efectivo del País
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció nuevos controles que deberán cumplir aquellas personas que introduzcan o retiren dinero en efectivo del país.
A través de las Resoluciones 2704 y 2705 publicadas en el Boletín Oficial, la AFIP ajustó los controles que recaen sobre los viajeros que introduzcan o retiren divisas por un valor igual o superior a 10 mil dólares, determinando que en tales casos deberán declararlas ante el servicio aduanero.
Según consta en tales normas, para determinar dichos valores se tendrán en cuenta los tipos de cambio comprador o vendedor comunicado por el Banco Central al cierre del día hábil inmediato anterior al ingreso o egreso del país.
En tal sentido, las recientes normativas disponen que se entenderán por instrumentos monetarios a cualquier medio de pago, tales como cheques de viajeros, cheques y pagarés.
“Los viajeros de cualquier categoría y los tripulantes que introduzcan o retiren del territorio argentino, en calidad de equipaje o pacotilla, dinero en efectivo y/o instrumentos monetarios, en moneda extranjera o nacional de curso legal, por un valor igual o superior al equivalente u$s 10.000 deberán declararlo ante el servicio aduanero, al momento del ingreso al país\\\", determinó la AFIP en relación a la entra y salida de dinero en efectivo de nuestro país.
Por otro lado, las resoluciones de la AFIP establecen que tales montos se reducen a 5 mil dólares en aquellos casos de menores de 16 años de edad no emancipados.
A través de las Resoluciones 2704 y 2705 publicadas en el Boletín Oficial, la AFIP ajustó los controles que recaen sobre los viajeros que introduzcan o retiren divisas por un valor igual o superior a 10 mil dólares, determinando que en tales casos deberán declararlas ante el servicio aduanero.
Según consta en tales normas, para determinar dichos valores se tendrán en cuenta los tipos de cambio comprador o vendedor comunicado por el Banco Central al cierre del día hábil inmediato anterior al ingreso o egreso del país.
En tal sentido, las recientes normativas disponen que se entenderán por instrumentos monetarios a cualquier medio de pago, tales como cheques de viajeros, cheques y pagarés.
“Los viajeros de cualquier categoría y los tripulantes que introduzcan o retiren del territorio argentino, en calidad de equipaje o pacotilla, dinero en efectivo y/o instrumentos monetarios, en moneda extranjera o nacional de curso legal, por un valor igual o superior al equivalente u$s 10.000 deberán declararlo ante el servicio aduanero, al momento del ingreso al país\\\", determinó la AFIP en relación a la entra y salida de dinero en efectivo de nuestro país.
Por otro lado, las resoluciones de la AFIP establecen que tales montos se reducen a 5 mil dólares en aquellos casos de menores de 16 años de edad no emancipados.
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