Fallos
Miércoles 12 de Agosto de 2009
La IGJ Estableció la Fecha de Vencimiento del Pago de la Tasa Anual
Por medio de la resolución 140/2009, la Inspección General de Justicia (IGJ) determinó la fecha de vencimiento de la tasa anual empresarial, aplicándose la multa respectiva en caso de incumplimiento de dicha oligación.
De acuerdo a lo resuelto por la IGJ, las sociedades anónimas tendrán tiempo hasta el próximo 18 de septiembre para cumplir con su obligación, aclarándose en la mencionada resolución, que vencida dicha fecha fijada como límite para el cumplimiento, se aplicará la multa correspondiente.
La sanción contemplada para tales casos, consiste en la aplicación de una vez y media de la tasa anual de interés mensual utilizada por el Banco de la Nación Argentina para realizar sus operaciones de descuento de documentos comerciales sobre los montos omitidos.
Opinión
El nuevo art. 245 bis de la LCT y la reedición de viejos errores del pasado
Por
Lucas J. Battiston
PASBBA
PASBBA
opinión
ver todos
Por Juan Pablo. De Gesus
NORDELTA S.A.
NORDELTA S.A.
Por Melany Di Polvere
Alfaro Abogados
Alfaro Abogados
Por Agostina Salamone
Berton Moreno IP Law
Berton Moreno IP Law
Por Maximiliano Zatta (*)
Eskenazi Corp
Eskenazi Corp
detrás del traje
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan
ASESORAMIENTO Y TRANSACCIONES
FALLOS
ARTÍCULOS RELACIONADOS