La Corte Ordenó Pagar en Dólares un Seguro de Retiro
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que el rescate de un seguro de retiro pactado en dólares, deberá ser pagado por la empresa aseguradora en esa moneda. De esta manera,  al ratificar una sentencia emitida por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, el Máximo Tribunal, descartó la posibilidad de aplicar los parámetros de pesificación originados durante la emergencia económica del año 2002. En los autos caratulados “Álvarez Raquel c/ Siembra Seguros s/ Ordinarios”, los miembros de la Corte, ordenaron a la aseguradora a pagar en dólares el rescate de seguro  pactado con la mujer que inició la demanda, aplicando al presente caso la doctrina establecida en el fallo “Benedetti”. En dicha resolución emitida en septiembre del año pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, determinó que una renta vitalicia que había sido pactada en dólares, debía ser abonada en dicha moneda, declarando la inconstitucionalidad de los decretos de emergencia económica que establecían la pesificación. En el presente fallo, los magistrados entendieron que el caso había quedado inserto dentro del régimen de emergencia cuya inconstitucionalidad había sido cuestionada, por lo cual con independencia de la naturaleza jurídica del seguro de retiro, correspondía remitir su pronunciamiento a lo resuelto en el fallo Benedetti.  

 

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