A través de la Acordada 43/13, la Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció la obligatoriedad del Sistema de Notificaciones por Medios Electrónicos para todos los recursos de queja por denegación de recursos extraordinarios resueltos por los superiores tribunales de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se presentaren a partir del primer día hábil posterior a la feria de enero de 2014.
La resolución que extiende la notificación electrónica judicial reglamentada por la Acordada 31/11, dispone que en aquellas causas presentadas con anterioridad a la vigencia del sistema de notificaciones electrónicas CSJN, los letrados podrán adherirse en forma voluntaria si así lo solicitaren expresamente.
En los considerandos de la normativa, el Máximo Tribunal recordó que previamente “se extendió la implementación de este mecanismo para los recursos ordinarios y —en caso de ser denegados— los recursos de queja correspondientes, con respecto a las denuncias por retardo o denegación de justicia, para todas las presentaciones varias, y en todas las causas en que interviene la Secretaría de Juicios Originarios de la Corte Suprema (Acordadas 35 y 36/2013)”.
A su vez, en la resolución emitida en el día de ayer, la Corte remarcó que la medida pretende “concluir con la implementación progresiva que se ha llevado a cabo y de comprender la totalidad de las notificaciones correspondientes a causas judiciales en trámite ante ese estrado”.
Opinión
Barreiro
opinión
ver todosPASBBA
NORDELTA S.A.
Alfaro Abogados
Berton Moreno IP Law