La Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó la competencia de la justicia federal para entender en una causa en la que se investiga el eventual delito de desobediencia cometido por empleados nacionales en ejercicio de sus funciones.
En la causa Competencia N° 543. XLVII. “ANSES s/ desobediencia”, se configuró una contienda negativa de competencia entre el Juzgado de Garantías nº 1 del Departamento Judicial de Zárate - Campana y el Juzgado Federal con asiento en esta última ciudad.
El Procurador Fiscal explicó que dicha causa había sido iniciada con motivo de la remisión de copias certificadas por el titular del Juzgado de Paz Letrado de la localidad de Exaltación de la Cruz, de los autos caratulados "Buscos Patricia Beatriz c/Zamora, Carlos Alberto s/alimentos", ante la eventual comisión del delito de desobediencia por parte de las autoridades de la Administración Nacional de la Seguridad Social, al no haber dado cumplimiento a las reiteradas órdenes de que se incorpore a los dos hijos menores de Buscos al sistema de asignaciones familiares.
En su dictamen, el Procurador Fiscal señaló que “la jueza de garantías declinó la competencia a favor de la justicia federal con base en que tanto los funcionarios que habrían desobedecido el mandato judicial, como el organismo al que pertenecen, cuyo buen servicio se habría afectado, tienen ese carácter”, mientras que ésta última “rechazó el planteo al considerar que las órdenes fueron emitidas por la justicia provincial, y que ésta sería la perjudicada con el incumplimiento.
Tras ser devuelto el incidente al juzgado de origen, su titular mantuvo el criterio manifestado anteriormente, y dio por tratada la contienda, por lo que la elevó a la Corte.
En el dictamen compartido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el Procurador Fiscal señaló que “toda vez que el Tribunal tiene dicho que compete a la justicia federal investigar los delitos cometidos en las provincias por empleados nacionales en ejercicio de sus funciones (Fallos: 308:1272 y 330:2341), y en tanto las intimaciones judiciales presuntamente incumplidas fueron recibidas en la oficina de la ANSES en Exaltación de la Cruz”, corresponde “al juzgado federal de Campana asumir su jurisdicción para entender en la causa (jurisprudencia de Fallos: 246:200;; 261:274; 277:369;; 327:6060 y 330:2341)”.
En base a ello, en la sentencia del 11 de octubre pasado, el Máximo Tribunal determinó que debe entender en la presente causa el Juzgado Federal de Campana.
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