El Departamento de Justicia de Estados Unidos actualizó su guía para la evaluación de programas de compliance
Por Pedro Serrano Espelta, Gustavo Luis Morales Oliver & María Agustina Testa
Marval O’Farrell Mairal

El Departamento de Justicia de Estados Unidos actualizó su guía para la evaluación de programas de compliance corporativos. Así, la Ley Anticorrupción Argentina Nº 27.401 y los lineamientos de la Oficina Anticorrupción sobre programas de compliance pueden tornarse más relevantes para aquellas empresas que operan en nuestro país.

 

A principios de junio de 2020, el Departamento de Justicia de Estados Unidos (DOJ) publicó una versión actualizada de su guía para la evaluación de programas de compliance corporativos (Guía del DOJ). La versión actualizada de la Guía del DOJ modificó una versión previa publicada en abril de 2019 para incorporar los comentarios brindados por la comunidad empresarial y de compliance y para reflejar la propia experiencia del DOJ.

 

Como explicamos en un artículo previo (disponible en https://www.marval.com/publicacion/nuevos-lineamientos-del-departamento-de-justicia-de-estados-unidos-13359&lang=es), la Guía del DOJ está destinada a los fiscales (prosecutors) para que puedan evaluar la efectividad de los programas de compliance de las empresas al momento del delito así como al momento de tomar una decisión o resolver un caso. De todas maneras, la Guía del DOJ también es útil para las empresas cuando consideran sus propios programas de compliance.

 

Algunos de los ajustes incluidos en esta nueva versión de la Guía del DOJ son los siguientes:

 

  • Énfasis en la relevancia de los programas de compliance diseñados e implementados “a medida” de cada empresa. La Guía del DOJ establece que los fiscales deben esforzarse por entender el análisis de riesgos realizado por la empresa, el programa de compliance de dicha entidad y cómo ese programa fue evolucionando a lo largo del tiempo. En particular, al evaluar la evolución del programa, los fiscales deberían verificar si la revisión está limitada a un determinado momento o, por el contrario, es un proceso continuo que considera tanto las cuestiones y lecciones aprendidas por la empresa, como también las problemáticas que enfrentan otras empresas que operan en la misma industria y/o zona geográfica.
  • Aclaraciones adicionales sobre políticas, entrenamientos y canales de denuncia. Por ejemplo, la Guía del DOJ recomienda a los fiscales que evalúen si las empresas: (i) monitorean cuáles son las políticas consultadas por los empleados para entender sus preferencias/inquietudes, (ii) analizan la participación de los empleados durante los entrenamientos, y (iii) verifican si los empleados conocen los canales de denuncia y cómo están siendo utilizados por ellos, entre otras cuestiones.
  • Sugerencias relacionadas al análisis de riesgos de los terceros intermediarios. La Guía del DOJ establece que los fiscales deberían evaluar si los análisis de riesgos de los terceros intermediarios son realizados durante toda la relación comercial o principalmente al momento de la contratación.
  • Referencias adicionales sobre la importancia de las auditorías post-closing y los procesos de integración de la entidad adquirida.
  • Mayor énfasis en los recursos, autoridad, información, responsabilidades y tareas de la función de compliance para verificar si el programa de compliance de la empresa tiene recursos y autoridad adecuados para funcionar efectivamente.

Adicionalmente, la nueva versión de la Guía del DOJ aborda el impacto que puede tener la ley extranjera en los programas de compliance de las empresas, así como en las medidas y decisiones adoptadas por dichas empresas. Por lo tanto, la Ley Anticorrupción Argentina N.º 27.401 y los Lineamientos de la Oficina Anticorrupción (OA) sobre programas de compliance anticorrupción pueden adquirir mayor relevancia para las empresas que operan en Argentina.

 

En particular, los Lineamientos de la OA (tanto los generales como los lineamientos para PyMEs) varían respecto de la Guía del DOJ en términos de estructura, destinatarios, finalidad, extensión y análisis (para mayores detalles por favor consultar el articulo antes referido). Sin embargo, la mayoría de los aspectos tratados en la Guía del DOJ también son cubiertos por la OA en sus Lineamientos. En particular, ambos documentos reconocen la importancia de los análisis de riesgos como un punto de partida para el diseño, implementación y evaluación de los programas de compliance corporativos.

 

En resumen, desde que la Ley N.º 27.401 fue sancionada en 2017, las medidas implementadas por la OA estuvieron en línea con los más altos estándares internacionales para la lucha contra la corrupción (incluyendo la Guía del DOJ y las iniciativas de dicho organismo).

 

 

Marval O'Farrell Mairal
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