Consideran Inconstitucional Ley que Pena Tenencia de Drogas para Consumo Personal
La Cámara Federal porteña consideró que la ley que pena la siembra de marihuana para consumo personal es inconstitucional, debido a lo cual, sobreseyó a un hombre que cultivaba plantas de cannabis en su balcón. Los miembros de la Sala I, consideraron que se encontraba probado que el imputado cultivaba plantas de marihuana para producir estupefacientes  para consumo personal. Debido a ello, el letrado dispuso que el imputado sea sometido a un tratamiento de rehabilitación para su problema de adicción. De esta manera, el letrado continúa con el criterio expresado por varios tribunales en diferentes fallos, donde establecen que no es delito la tenencia de marihuana para consumo personal. El hombre, había sido procesado por la violación al artículo 5 de la ley 23.737, la cual castiga con penas que van dese un mes a los dos años de prisión a quien cultive estupefacientes destinados al consumo personal. Según lo expresado por el defensor oficial, el procesamiento dictado, traspone el ámbito de privacidad, el cual es ajeno a los magistrados. Por su parte, los camaristas, compartieron la postura esgrimida por el defensor oficial, la cual es análoga a la adoptada en varios casos de tenencia de drogas para consumo personal. Debido a ello, los letrados decidieron determinar la inconstitucionalidad de dicha normativa y dispusieron el sobreseimiento del acusado.

 

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