Mediante la Resolución General N° 1164/2026, la Comisión Nacional de Valores (CNV) introdujo una reforma integral del Título IX de las Normas (N.T. 2013), a través de la cual modificó el régimen aplicable a los Agentes de Calificación de Riesgo (ACR) y a los Agentes de Calificación de Riesgo Universidad Pública (ACR-UP).
En términos generales, la reforma representa una de las actualizaciones más relevantes del régimen aplicable a las agencias de calificación de los últimos años y apunta a otorgar mayor flexibilidad operativa a los ACR sin modificar los principios esenciales de independencia y prevención de conflictos de interés.
Con el dictado de esta norma, la CNV reduce cargas administrativas y alinea la regulación local con estándares internacionales, preservando al mismo tiempo los principios de transparencia, independencia y gestión de conflictos de interés que resultan esenciales para el mercado de capitales
Principales cambios
- Simplificación y reorganización normativa
– Se sustituye integralmente el régimen vigente, reduciendo significativamente su extensión y eliminando disposiciones consideradas redundantes o desactualizadas.- La normativa pasa a estar estructurada de manera más simple y alineada con los estándares internacionales promovidos por IOSCO. - Mayor independencia de las calificadoras
– Se elimina la obligación de informar previamente a la CNV la celebración de reuniones de los consejos de calificación.- También se suprime la posibilidad de participación de la CNV en dichas reuniones, reforzando la autonomía de los procesos de evaluación. - Flexibilización de actividades complementarias
– Las calificadoras podrán desarrollar determinadas actividades adicionales, como calificaciones privadas, análisis económicos, evaluaciones de riesgos no crediticios e informes de sustentabilidad, sin requerir autorización previa de la CNV.
– Estas actividades deberán ser compatibles con su objeto y no generar conflictos de interés ni afectar la independencia de las calificaciones. - Simplificación de obligaciones informativas
– Se reducen cargas regulatorias vinculadas a la divulgación y revisión de las calificaciones.- Se adopta un esquema de monitoreo continuo, manteniendo estándares de transparencia sin imponer requerimientos considerados innecesarios. - Modificaciones en gobierno corporativo
– Se amplía de dos a cinco años el mandato de los integrantes de los consejos de calificación.
Por Florencia Askenasy
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