Por medio de la Resolución General N° 999/2024 de la Comisión Nacional de Valores (la “Resolución” y la “CNV” respectivamente), vigente desde el 25 de abril de 2024, la CNV delega en la Gerencia de Registro y Control, entre otras, la facultad de autorizar la inscripción de los Proveedores de Activos Virtuales en el Registro de Proveedores y Servicios de Activos Virtuales como así también la cancelación de dicha inscripción.
La modificación introducida por la Resolución se enmarca en las nuevas disposiciones de la Ley N° 27.739, modificatoria de la Ley N° 25.246 de Encubrimiento y Lavado de Activos de Origen Delictivo. En este sentido, la CNV, mediante su Resolución General N° 994/2024, instrumentó el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales bajo su órbita.
En virtud de lo anteriormente mencionado, se sustituye el Anexo IV del Capítulo II, del Título XVI de las Normas de la CNV (Normas N.T. 2013 y mod.), respecto a las facultades delegadas en la Gerencia Registro y Control.
Por Diego Serrano Redonnet y María Gabriela Grigioni
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