A través de la Resolución General 5582/2024 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada hoy −9 de octubre de 2024− en el Boletín Oficial, se derogó la Resolución General 2730/2009. En esta última se establecía el régimen de “valores criterio” de importación. Cuando una mercadería estaba afectada por este régimen y el valor declarado por el importador era menor, este debía ofrecer una garantía para liberar la mercadería y luego justificar el valor declarado.
Por su parte, la Resolución General 5582/2024 establece un sistema por el cual se puede seleccionar que, en función de datos objetivos y justificados, en ciertas operaciones se exija una garantía cuando la diferencia entre el valor declarado y el establecido por las normas vigentes sobre control de valor exceda los parámetros razonables. La nueva norma establece que la garantía será devuelta, en forma automática, en un plazo máximo de 120 días corridos.
El nuevo régimen entrará en vigencia el 10 de octubre de 2024. Los procedimientos de control de valor en curso continuarán rigiéndose por la Resolución General 2730/2009, aunque se establece un plazo máximo de 90 días corridos para la devolución de las garantías constituidas o la liquidación de los tributos correspondientes.
Por Juan Pablo Rothschild, Juan Martín Sanz y María Julia Schmit
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