El 16 de diciembre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial de Nación la Ley N° 27.584 que aprueba el Protocolo de 1997 (“Protocolo”) que enmienda el “Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques” (conocido como Convenio MARPOL) adoptado por la Organización Marítima Internacional (“OMI”) en 1973 y modificado por el Protocolo de 1978 (“Convenio”).
Este Convenio establece obligaciones sobre la prevención de la contaminación del medio marino proveniente de buques. En particular, éste contiene obligaciones para prevenir la contaminación provocada por hidrocarburos, sustancias nocivas líquidas transportadas a granel, sustancias perjudiciales transportadas en bultos, aguas sucias o residuos.
El Protocolo fue adoptado por la OMI en el año 1997 para introducir enmiendas al Convenio y añadir el Anexo VI (“Reglas para prevenir la contaminación atmosférica ocasionada por los buques”), que entró en vigor el 19 de mayo de 2005. Mediante este anexo se establecen, entre otras cuestiones, lo siguiente:
- Reglas relativas a la expedición del Certificado internacional de prevención de la contaminación atmosférica.
- Disposiciones para el control de las emisiones de los buques (por ejemplo, límites a emisiones de óxidos de azufre y óxidos de nitrógeno, y la prohibición de emisiones deliberadas de sustancias que agotan la capa de ozono).
- Medidas técnicas y operacionales obligatorias de eficiencia energética para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero procedentes de los buques.
Por Sebastián Vedoya, Sergio Arbeleche y Pablo Crimer
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