Resoluciones 785/2019 y 786/2019 de CNV: elaboración participativa de normas y requisitos patrimoniales FCI y fiduciarios

El 12 de marzo fueron publicadas en el Boletín Oficial (“BO”) la Resoluciones 785/2019 y 786/2019 de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) mediante las cuales se dispone la aplicación del procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas” aprobado por el Decreto N° 1172/2003, invitándose a la ciudadanía a expresar sus opiniones y/o propuestas respecto de la adopción de una reglamentación que modifique los requisitos patrimoniales: (i) de las sociedades gerentes de fondos comunes de inversión (“FCI”) – la Resolución 785/2019-; y (ii) de los fiduciarios financieros – la Resolución 786/2019-.

 

Resolución 785/2019:

 

La Resolución propone: 

1. Que las sociedades gerentes cuenten con un patrimonio neto mínimo equivalente a Unidades de Valor Adquisitivo (UVA) 150.000, actualizables por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), debiendo incrementar el mismo en un monto equivalente a UVA 40.000, actualizables por el CER, por cada FCI adicional que administre.
2. La adecuación respecto a estos requisitos, como mínimo el 50% del monto total exigido, con la presentación de sus estados contables cerrados al 30 de septiembre de 2019, debiendo acreditar el 100% del monto exigido con la presentación de los estados contables cerrados al 31 de diciembre de 2019.
3. Incluir expresamente, una de las modificaciones introducidas por la ley de financiamiento productivo 27.440 a la ley de FCI relacionada con las funciones adicionales previstas para las sociedades gerentes, conforme las cuales éstas podrán celebrar convenios particulares a los fines de la colocación y distribución de cuotapartes de FCI bajo la administración de otras sociedades gerentes registradas ante la Comisión.
4. Las Sociedades Gerentes que se encuentren registradas bajo la categoría Agente de Liquidación y Compensación (ALYC) y/o cualquier otra categoría de Agente a la fecha de entrada en vigencia de la Resolución General definitiva, deberán adecuarse a los requisitos establecidos en las Normas, conforme esta modificación, antes del 1 de abril de 2020.

 

Resolución 786/2019:

 

La Resolución propone:

 

1. Requerir para los fiduciarios financieros un patrimonio neto no inferior a un monto equivalente a UVA 950.000.
2. La adecuación a estos requisitos, como mínimo el 50% del monto total exigido, con la presentación de sus estados contables cerrados al 30 de septiembre de 2019, debiendo acreditar el 100% del monto exigido con la presentación de los estados contables cerrados al 31 de diciembre de 2019.

 

En ambos casos se fija un plazo de quince (15) días hábiles para realizar presentaciones de opiniones y/o propuestas, las que deberán efectuarse a través del Sitio Web www.cnv.gob.ar.

 

Las Resoluciones entrarán en vigencia a partir del día siguiente al de su última publicación que será de dos días.

 

Por Mariana Vázquez

 

 

RICHARDS CARDINAL TÜTZER ZABALA & ZAEFFERER S.C.
Ver Perfil

Opinión

Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por Dolores M. Gallo
Barreiro
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan