La Resolución General 5599/2024 ARCA, publicada en el Boletín Oficial el 8 de noviembre de 2024 (https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/316811/20241108 ), establece la creación del Padrón de Trabajadores Independientes con Colaboradores (“PADIC”), en el marco de la Ley de Bases N° 27.742, que entre otras modificaciones de importancia definió la figura del trabajador independiente con colaboradores para facilitar emprendimientos productivos.
Como surge de la Ley de Bases, los trabajadores independientes pueden contar con hasta tres colaboradores también independientes, quienes deben estar inscriptos en el régimen general de impuestos y de seguridad social como tales.
La resolución que comentamos define que los trabajadores independientes deben registrarse en el PADIC antes de iniciar la relación de colaboración. Este registro se realiza a través del portal web de ARCA (ex AFIP), donde debe ingresarse información básica sobre el emprendimiento productivo, fechas de inicio y finalización si correspondiera, la actividad a desarrollar y los datos de identificación de los colaboradores independientes.
A partir de dicha carga inicial del trabajador independiente, los colaboradores tienen un plazo de 72 horas para aceptar o rechazar su participación en el emprendimiento tras recibir una notificación en su domicilio fiscal electrónico. La aceptación se considera una declaración jurada.
Tanto los trabajadores independientes como los colaboradores independientes pueden decidir rescindir su vínculo en cualquier momento, informando al PADIC sobre dicha decisión en forma simple y expedita a través del portal.
De este modo, el PADIC se erige como el Padrón de uso obligatorio para la concertación de relaciones de colaboración independiente, en los términos de la Ley de Bases. Se encuentra operativo y deben ser volcadas allí las relaciones de este tipo iniciadas a partir del 26 de septiembre de 2024.
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Marval O’Farrell Mairal
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