El 14 de marzo fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 30/2019 (la “Resolución”) de la Secretaría de Modernización Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
La Resolución estable que, a partir del 15 de abril de 2019, será obligatorio usar el sistema de Gestión Documental Electrónica -GDE- o de Trámites de Distancia -TAD- para:
(i) Legalizar los documentos públicos extranjeros conforme la Ley 23.458 (que aprobó la “Convención Suprimiendo la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros” adoptada por la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado de 1965); y
(ii) Gestionar todas las legalizaciones emitidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto destinadas a otorgar validez internacional a documentos.
Asimismo, se dispuso que las legalizaciones antedichas serán firmadas digitalmente.
En la práctica, el dictado de la Resolución implicaría que, desde el 15 de abril, todos los documentos que sean legalizados serán emitidos en formato digital, únicamente. No obstante, deberemos esperar para ver el impacto de dicho cambio sobre el formato “en papel” actualmente utilizado.
Por Lisandro Frene, Juan Pablo M. Cardinal, Inés Urien y Fernando Carrizo
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