Precio mínimo por litro para el bioetanol de caña de azúcar y maíz destinados a la mezcla dispuesta por la ley 27.640

El pasado 30 de enero de 2024 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 6/2024 (en adelante, la “Resolución”) de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía con el fin de atender a la excepcionalidad del contexto macroeconómico actual en la estructura de costos del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y de maíz.  

 

Con la entrada en vigor de la Ley N° 27.640, mediante la cual se aprobó el Marco Regulatorio de Biocombustibles, quedaron sin efecto todas las disposiciones establecidas vinculadas con los precios de adquisición de los biocombustibles destinados a la mezcla obligatoria con combustibles fósiles.

 

Producto de lo mencionado anteriormente, la Resolución N° 373 y su modificatoria, la Resolución N° 709 de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, aprobaron procedimientos para la determinación de los precios del bioetanol de caña de azúcar y maíz en el marco de la mezcla obligatoria establecida por la Ley N° 27.640.

 

Dada la excepcionalidad del contexto macroeconómico actual, se considera necesario establecer y publicar en la web de la Secretaría los precios del bioetanol. Es por ello, que, mediante esta Resolución, el Secretario de Energía resolvió:

 

  • Fijar en $584,18 por litro el precio mínimo de adquisición del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar
  • Fijar en $536,983 por litro el precio mínimo de adquisición del bioetanol elaborado a pase de maíz
  • El plazo de pago del bioetanol no podrá exceder los 30 días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente.

Puede acceder al texto completo de la Resolución en el siguiente link:

 

BOLETIN OFICIAL REPUBLICA ARGENTINA – MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA – Resolución 6/2024

 

Por Agustín Siboldi y Jorge Muratorio

 

 

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