En un año plagado de incertidumbres, buenas son las noticias para las empresas del área digital: a través de la Resolución 240/2020, publicada el 22 de octubre en el Boletín Oficial, el Ministerio de Desarrollo Productivo creó el Programa Producción Colaborativa de Economía del Conocimiento, cuyo objetivo consiste en brindar asistencia a proyectos innovadores que combinen al menos dos actividades de la Economía del Conocimiento.
De esta manera, empresas desarrolladoras de software, big data, biotecnología, nanotecnología, inteligencia artificial, impresión 3D e ingeniería satelital, entre otras, podrán acceder a créditos a tasas bonificadas por hasta 100 millones de pesos y Aportes No Reembolsables por hasta 24 millones. El universo de beneficiarios alcanza a personas jurídicas de carácter privado, público, mixto e instituciones públicas siempre que se encuentren constituidas en la República Argentina o habilitadas a actuar dentro de su territorio y que, de manera colaborativa y conjunta con otra de similares características, desarrollen proyectos innovadores.
¿Qué objetivos deben perseguir los proyectos que se financiarán?
Generación de prototipos, productos o servicios innovadores que puedan utilizarse tanto para consumo final como para procesos industriales intermedios.
Implementación de cambios tecnológicos innovadores que permitan escalar la producción en el corto plazo.
Modificación de procesos productivos y/o logísticos que impliquen esfuerzos relevantes de desarrollo tecnológico e ingeniería y permitan acortar y optimizar procesos productivos y/o mejorar estándares de calidad.
Implementación de nuevos procesos de producción que complementariamente requieran realizar la habilitación de planta y registro o certificación de producto.
Generación de plataformas tecnológicas orientadas al sector público o privado, que permitan el procesamiento de información u otros servicios orientados al sistema productivo.
Todos los proyectos deberán encontrarse en un nivel avanzado de evolución al momento de solicitar el financiamiento, a fin de alcanzar resultados en el corto plazo. Asimismo, no podrán superar el plazo máximo de ejecución de dieciocho (18) meses contados a partir de la fecha en la que se desembolse el primer pago del crédito otorgado o del Aporte no Reembolsable, según corresponda.
Los créditos podrán destinarse únicamente a la adquisición de bienes de capital nuevos de origen nacional; al capital de trabajo incremental asociado al proyecto y a la prefinanciación de exportaciones. En cuanto a los Aportes no Reembolsables, sólo permitirán la adquisición de activos fijos e intangibles; gastos vinculados a ensayos de control; gastos de certificaciones y habilitaciones y capacitación y reentrenamiento de recursos humanos relacionados con las actividades del proyecto.
¿Cómo se accede al beneficio?
Los interesados deberán presentar su proyecto a través de la plataforma “Trámites a Distancia” bajo la denominación “Programa Producción Colaborativa de Economía del Conocimiento”, en conjunto con la documentación y formulario requeridos a partir del 23 de octubre del corriente, extendiéndose el plazo máximo para su presentación hasta el 24 de noviembre de 2020 o hasta el agotamiento del presupuesto disponible, lo que ocurra primero. Para resultar aprobados, los proyectos deben reunir un puntaje ponderado igual o mayor a cincuenta y cinco (55) puntos y no atender a una demanda que ya haya sido satisfecha por otro.
Este Programa ve luz verde no sólo a pocas semanas de aprobarse la Ley de Economía del Conocimiento, sino, además, en un contexto en el cual la reactivación económica está cobrando un marcado protagonismo. En este sentido, surge la necesidad de fomentar el desarrollo tecnológico y sus actividades relacionadas como ejes claves del sistema productivo actual y como impulsores de productos y servicios innovadores capaces de hacer frente a las consecuencias económicas.
Artículos
BKM | Berkemeyer
opinión
ver todosPASBBA
NORDELTA S.A.
Alfaro Abogados