Con el objetivo de fomentar e incrementar las inversiones de compañías aseguradoras en instrumentos financieros de pequeñas y mediadas empresas (PyMEs), la Superintendencia de Seguros de la Nación emitió la Resolución Nro. 187/2019 modificatoria del Reglamento General de la Actividad Aseguradora.
Dicha Resolución modificó el inciso l) del punto 35.8.1 del Reglamento, a efectos de:
(i) incorporar nuevos instrumentos emitidos, descontados y/o negociados por PyMEs en mercados de valores, que sean admisibles como inversiones computables para compañías aseguradoras, tales como cheques de pago diferido, facturas de crédito electrónicas, pagarés avalados, certificados de obra pública emitidos a favor de PyMEs, obligaciones negociables, valores fiduciarios y/o valores representativos de deuda emitidos por el “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo”; y,
(ii) incrementar el porcentaje mínimo de inversión de las compañías aseguradoras en dichos instrumentos de un 3% a un 5%, manteniendo un tope máximo de inversión del 20% (salvo en el supuesto de inversiones en valores representativos de deuda emitidos por el “Fondo Nacional de Desarrollo Productivo”, en cuyo caso el tope máximo podrá elevarse hasta un 40%).
Por último, la Resolución establece un esquema transitorio para la implementación del incremento de las inversiones en instrumentos financieros de PyMes, en virtud del cual se determinaron cuatro etapas, durante los meses de marzo a junio del 2019, en las cuales deberá elevarse progresivamente el porcentaje mínimo de inversiones en un 0,5% en forma mensual hasta alcanzar, al menos, el piso del 5%.
Opinión
CYT Abogados
opinión
ver todosBeccar Varela
Cevasco, Camerini, Barreira Delfino & Polak Abogados
Fernando Varela & Asociados
Kabas & Martorell