La Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos número 4828/2020, dictada el 29 de septiembre de 2020, publicada en el Boletín Oficial el 30/9/20 y vigente desde ésta última fecha, extendió hasta el 31 de octubre de 2020, inclusive:
(i) La traba de medidas cautelares correspondientes a sujetos que registren la condición de micro, pequeñas y medianas empresas inscriptos en el Registro de Empresas MiPyMES, creado por la Resolución 220/2019, así como para aquellos contribuyentes que se encuentren caracterizados en el Sistema Registral como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa - Tramo I y II”, y
(ii) La iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos, sin perjuicio del ejercicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar o exigir el pago de los tributos, multas y accesorios.
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