El 04/11/2024 el gobierno de la Provincia de Mendoza promulgó la Ley provincial nro. 9585 que establece las directrices para la gestión integral del cambio climático en dicha jurisdicción.
La ley tiene como objetivos fortalecer en el ámbito de la Provincia de Mendoza el desarrollo humano ambientalmente sostenible, socialmente justo y económicamente equitativo, como así también cumplir con la Ley Nacional N° 27.520 de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático. Además, busca promover la participación y educación ciudadana, fomentar la transición energética y un modelo de desarrollo bajo en carbono que alcance la carbono neutralidad a partir de la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en el ámbito territorial provincial.
A esos fines, dispone que el Poder Ejecutivo Provincial deberá considerar una serie de principios rectores a la hora de diseñar políticas públicas en materia de adaptación y mitigación del cambio climático. Los mismos son: transversalidad de políticas públicas, justicia climática, participación ciudadana, colaboración y coordinación interjurisdiccional, principio de progresividad (logro de los objetivos de manera gradual y a través de metas), enfoque basado en evidencia científica, entre otros.
Por otro lado, establece que el Ministerio de Energía y Ambiente provincial será la autoridad de aplicación de la ley y dispone que el mismo deberá convocar a una mesa de articulación a los gobiernos locales para coordinar acciones en las comunidades destinadas a garantizar el cumplimiento de los objetivos descriptos supra. Asimismo, deberá implementar el Inventario de Gases de Efecto Invernadero (“IGEI”) por medio del cual se deberán registrar las principales fuentes de emisión de la provincia. El IGEI deberá actualizarse mínimamente cada cinco año y deberá seguir las metodologías del Panel Intergubernamental de Cambio Climático y del Protocolo Global para Inventarios de Emisión de Gases de Efecto Invernadero a Escala Comunitaria.
Además, dispone que la autoridad de aplicación deberá desarrollar un Plan Provincial de Mitigación y Adaptación que deberá contemplar medidas y acciones que reduzcan las emisiones de gases de efecto invernadero (“GEI”) y aumenten la capacidad de absorción de los sumideros de carbono. Dicho Plan fijará metas de carbono neutralidad y deberá tener un enfoque de adaptación basado en ecosistemas y en comunidades.
Por último, establece que el Poder Ejecutivo Provincial podrá establecer las medidas e incentivos económicos y financieros para incentivar al sector privado a que realicen acciones concretas de adaptación y mitigación al cambio climático.
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