El 8 de agosto de 2020 se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la Ley 27.556 de reestructuración de la deuda del Estado Nacional instrumentada en ciertos títulos públicos denominados en Dólares Estadounidenses emitidos bajo ley de la República Argentina (“Títulos Elegibles”), mediante una operación de canje según los términos y condiciones en ella previstos.
La ley dispone la emisión de nuevos títulos denominados en Dólares Estadounidenses y en Pesos, así como también su monto máximo y sus condiciones financieras (“Nuevos Títulos”).
Los tenedores de Títulos Elegibles que no adhieran a la invitación a canjear bajo la ley en cuestión continuarán con sus pagos diferidos hasta el 31/12/21. Una vez liquidada la operación de canje indicada, los tenedores de los Títulos Elegibles que a esa fecha no hubieran adherido, podrán canjearlos en los términos de esta ley mediante notificación dirigida al Ministerio de Economía. En estos casos, solo se reconocerán los intereses devengados hasta la fecha de entrada en vigencia del Decreto 346/20 (6/4/20), mediante la entrega de los Nuevos Títulos.
La Ley 27.556 es de orden público. Fue promulgada por el Decreto 657/20.
Por Hernán Camarero y Eduardo Bellocq
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